El Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2021.
Este Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2021, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos del 1 de septiembre de 2021, en las siguientes cuantías:
- 32,17 euros/día
- 965 euros/mes
- 13.510 euros/año (14 pagas)
- Temporeras/os: 45,70 euros/jornada legal
- Empleadas/os de hogar por horas: 7,55 euros/hora
Recomendamos la lectura detallada del Real Decreto, cuya disposición transitoria única establece peculiaridades respecto a la no afectación de la nueva cuantía del salario mínimo interprofesional en las referencias contenidas en normas no estatales y relaciones privadas.