Nueva Regulación de Sistemas de Facturación (VERI*FACTU): Puntos Clave para Empresas y Autónomos
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha dado un paso importante en la digitalización fiscal. Desde el 13 de octubre, ofrece en su web una aplicación de facturación gratuita y sencilla para autónomos y pequeñas empresas. Esta herramienta permite generar facturas electrónicas y enviar automáticamente los registros a la AEAT, cumpliendo con el nuevo Reglamento VERI*FACTU (Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre), que establece los requisitos para los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF).
1. El Impacto de la Normativa RRSIF
El Reglamento sobre Requisitos de los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF) no sustituye la obligación de facturar, que sigue rigiéndose por la Ley del IVA y el Reglamento de Obligaciones de Facturación (ROF). Su principal cometido es regular el funcionamiento de los sistemas informáticos de facturación (SIF).
Cambios introducidos:
- Objetivo principal: Garantizar la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación, tal como exige la Ley General Tributaria (LGT).
- Nueva Obligación en la Factura: Las personas y entidades sujetas a esta normativa deben incorporar en sus facturas (completas y simplificadas):
- Un código QR.
- La leyenda “factura verificable” o VERI*FACTU (si optan por esa modalidad).
Es crucial recordar que esta norma no es la obligación general de facturación electrónica (la Ley 18/2022, «Crea y Crece», aún espera desarrollo reglamentario para su exigibilidad).
2. ¿A Quién Afecta y Cuándo?
La obligación de adaptar los sistemas de facturación afecta a todos los empresarios (individuales o societarios) y entidades sin personalidad jurídica sujetos a IRPF, Impuesto de Sociedades o IRNR (a través de establecimiento permanente) con domicilio fiscal en el territorio común español (excluyendo País Vasco y Navarra).
| Tipo de Contribuyente | Plazo Límite de Adaptación |
| Sociedades | 1 de enero de 2026 |
| Autónomos y PYMES | 1 de julio de 2026 |
3. La Duda del Word y Excel: ¿Estoy Obligado?
Muchos pequeños profesionales usan programas básicos como Word o Excel. La AEAT aclara que existen dos modalidades de cumplimiento: la que envía los registros directamente (VERI*FACTU) y la que solo los conserva en el sistema emisor (NO VERI*FACTU).
Excepción (NO están sujetos al Reglamento):
Si utiliza procesadores de texto u hojas de cálculo exclusivamente para:
- Introducir datos.
- Expedir, imprimir y conservar facturas.
Sujeción (SÍ están obligados a cumplir):
Si, además de las funciones anteriores, usa el software para procesar la información de facturación y generar directamente libros registro de IVA/IRPF, contabilidad u otros resultados destinados al cumplimiento de obligaciones tributarias (ejemplo: usar una Macro en Excel para crear un libro registro).
La AEAT tiene la potestad de verificar si los sistemas utilizados cumplen con los criterios de un SIF.
4. Alternativa Gratuita y Futuro Inevitable
Para aquellos pequeños operadores que no deseen o no necesiten un sistema complejo, la AEAT promociona su aplicación gratuita de facturación (de tipo VERI*FACTU).
La implantación del sistema VERI*FACTU o sus equivalentes es considerada un paso inevitable en la gestión y contabilidad empresarial, sentando las bases para la futura obligación de facturación electrónica generalizada en España.



